Obligaciones tributarias 1er. Trim 2024
HASTA EL 20 DE ABRIL (hasta el 15 de abril para domiciliar)
I.R.P.F. Y SOCIEDADES
Retenciones:
Ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas y
ganaderas, premios, capital mobiliario, y arrendamientos de inmuebles urbanos.
(Los retenedores por arrendamientos de locales de negocios tendrán que aportar
imprescindiblemente para la confección de la declaración los recibos de los alquileres
correspondientes al trimestre).
Pago fraccionado renta:
Estimación directa y estimación objetiva. (módulos).
Pago fraccionado sociedades:
Pago a cuenta del ejercicio actual.
I.V.A.
Declaración y liquidación régimen general, régimen simplificado y exportadores.
(Los declarantes arrendadores de locales de negocios tendrán que aportar
imprescindiblemente para la confección de la declaración los recibos de los alquileres
correspondientes al trimestre)
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. (Mod. 349)
Deberán aportar los extractos bancarios del primer trimestre 2024, para su
contabilización.
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