Desde Ferrer Guillén Asesores queremos recordar a nuestros clientes y lectores del blog la relevancia de cumplir puntualmente con las principales obligaciones tributarias correspondientes al 2º trimestre de 2025. Estas gestiones son fundamentales para evitar incidencias o sanciones, y recomendamos planificarlas con antelación.
Principales plazos y declaraciones
📌 Hasta el 20 de julio de 2025 (con domiciliación bancaria, el plazo es hasta el 15 de julio):
- IRPF y Sociedades – Retenciones e ingresos a cuenta:
- Rendimientos del trabajo
- Actividades profesionales, agrícolas y ganaderas
- Premios
- Capital mobiliario
- Arrendamientos de inmuebles urbanos
En el caso de arrendamientos de locales de negocios, es imprescindible aportar los recibos de alquiler del trimestre para poder confeccionar correctamente las declaraciones.
- Pago fraccionado de la renta:
- Estimación directa
- Estimación objetiva (módulos)
- IVA:
- Declaración y liquidación en régimen general, régimen simplificado y de exportadores
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
De nuevo, los arrendadores de locales de negocios deben facilitar los recibos de alquiler correspondientes.
📌 Impuesto sobre Sociedades
Para la mayoría de empresas, el plazo para la presentación del impuesto sobre sociedades finaliza el 25 de julio de 2025, al cumplirse los veinticinco días naturales posteriores a los seis meses del cierre del ejercicio.
📌 Cuentas anuales
El plazo para presentar las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2024 finaliza el 30 de julio de 2025.
Le ayudamos a gestionar sus obligaciones
Desde Ferrer Guillén le ofrecemos todo el apoyo necesario para la correcta gestión y presentación de estas obligaciones fiscales. Ante cualquier duda o para evitar imprevistos, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
👉 Contacte con nosotros y planifique con seguridad sus declaraciones tributarias.