Desde Ferrer Guillén Asesores queremos recordar a nuestros clientes la relevancia de cumplir puntualmente con las principales obligaciones tributarias correspondientes al 3º trimestre de 2025.
Estas gestiones son fundamentales para evitar incidencias o sanciones, por lo que recomendamos planificarlas con antelación.
Principales plazos y declaraciones
📌 Hasta el 21 de octubre de 2025 (con domiciliación bancaria, el plazo finaliza el 16 de octubre de 2025):
IRPF y Sociedades – Retenciones e ingresos a cuenta:
• Rendimientos del trabajo
• Actividades profesionales, agrícolas y ganaderas
• Premios
• Capital mobiliario
• Arrendamientos de inmuebles urbanos
En el caso de arrendamientos de locales de negocio, es imprescindible aportar los recibos de alquiler del trimestre para poder confeccionar correctamente las declaraciones.
Pago fraccionado de la renta:
• Estimación directa
• Estimación objetiva (módulos)
IVA:
• Declaración y liquidación en régimen general, régimen simplificado y de exportadores
• Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
De nuevo, los arrendadores de locales de negocios deben facilitar los recibos de alquiler correspondientes.